IRPF Y FARMACIA 2016 : AHORA…O NUNCA

Escrito por: Juan Antonio Sanchez
07/11/2016
Club de la Farmacia - Blog - Gestión

Una vez pase el próximo lunes 7 de noviembre (2º plazo declaración renta 2015), podríamos pensar que comienza la “paz fiscal” para la oficina de farmacia hasta finales del mes de enero de 2017.Nada más fuera de la realidad. Precisamente durante estos dias que anteceden al final de 2016, el farmacéutico puede y “debe” contextualizarse en la que será su próxima declaración de renta 2016.

 

Con un doble objetivo: el primero conocer con rigurosidad su “factura fiscal” con la suficiente antelación para si cabe “hacer hucha” y el segundo, intentar minimizar mediante medidas de cierre fiscal, el impacto tributario. Y este trabajo ha de realizarse ahora. Ya que en enero…ni el mago Merlín podrá solucionarnos el problema, ya que el año fiscal 2016 habrá finalizado.

 

La idea sería la siguiente: Repasa todos los componentes de tu ultima declaración de renta y analiza que valoración tendrán a finales de 2016. Por ejemplo,

  • Si percibes una retribución salarial además del rendimiento de la farmacia, chequea el efecto que tendrá la retención practicada, cuando la sumes al rendimiento de la farmacia.
  • Si alquilas un inmueble, chequea todos los gastos que has tenido durante el año, incluidos los intereses por adquisición de dicho inmueble. Recuerda que, si se trata de un alquiler de vivienda habitual, sigue vigente la reducción de 60% cuando sea positivo. Recientemente, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha resuelto un recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio, que admite la reducción antes prevista, en el caso de que el arrendatario fuera una persona jurídica.
  • En el caso de que hayas obtenido ganancias patrimoniales (bolsa, fondos de inversión, etc.) deberías analizar la realización de posibles pérdidas para compensarlas.
  • Caso distinto es si vendiste la farmacia en 2016.Recuerda que el “valor de adquisición fiscal”, no es por lo que la compraste, sino su valor neto contable al dia de la venta.

 

En cuanto a la farmacia, prevé la cifra final de stock y compárala con la del pasado 1 de enero, ya que tendrá una trascendencia fiscal de impacto en tu próxima declaración de renta 2016.

 

  • Valora la realización de inversiones en la farmacia antes de 31/12/2016. La nueva ley de IRPF mantiene la deducción por inversión de beneficios en inmovilizados materiales nuevos.
  • Examina bien la tabla de amortizaciones de todas las inversiones de tu farmacia. Tanto de las que has acometido este año, como las que aún tienen valor pendiente de amortizar.
  • Revisa la morosidad en tu oficina de farmacia. Hacienda permite ciertas provisiones dependiendo de su antigüedad. Recuerda poder acreditar este hecho.

 

Una vez conozcas “por donde irán los tiros” de tu renta 2016, ajusta el último pago fraccionado a cuenta que queda pendiente el próximo 20 de enero de 2017.

  • No es necesario que te recuerde el tema de aportaciones a planes de pensiones, ya que tu banco, la radio, la tv y la red se encargaran de que lo tengas presente. Importante que sepas “tu ahorro fiscal” en estas aportaciones. Ya que depende estrictamente de tu base liquidable de este año.
  • A nivel de solidaridad, ten en cuenta la deducibilidad fiscal de los donativos y aportaciones a fundaciones y ongs. Hacienda te dará más deducción si incrementas tu donativo respecto al pasado año 2015.

 

Y, por último, toma nota, como dice la balada de “The King” …” It`s now or never”.

 

Juan Antonio Sanchez.                                                                                                  

Economista Asesor Fiscal. Colegiado 7654.  

 Socio Director TAXFARMA                                                                

Fecha de la última modificación11/12/2018

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