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Después de que las oficinas de farmacia de nuestro país hayan cumplido el pasado 30 de junio con su principal obligación fiscal anual (declaración de la Renta), es un buen momento para reflexionar sobre la capacidad recaudatoria de nuestra Agencia Tributaria.
Y hoy no vamos a centrarnos en el temido departamento de Inspección, sino que acudiremos a los famosos requerimientos emitidos por el omnipresente departamento de Gestión Tributaria
Recordemos que las autoridades fiscales españolas organizan las actuaciones de Hacienda en tres departamentos:
– Gestión
– Inspección
– Recaudación
Queda bastante claro etimológicamente a que se dedican los dos segundos: a inspeccionar y a cobrar. Pero el primero de ellos realiza un exhaustivo control de las operaciones tributarias que realizan (o no) los contribuyentes españoles. Y por supuesto, las casi 22.000 oficinas de farmacia se ven sometidas a este superchequeo que no deja títere con cabeza.
El departamento de gestión tributaria reúne un buen número de funcionarios (normalmente los que nos atienden en cualquier administración de la AEAT) pero, sobre todo, dispone de unas herramientas informáticas que repasan posibles declaraciones presentadas fuera de plazo, errores de las declaraciones presentadas o incluso solicitan justificaciones de las deducciones aplicadas por el contribuyente (por ejemplo, las cantidades destinadas a la adquisición de vivienda habitual).
En teoría, este departamento, no tiene capacidad investigadora, sino que su función seria más la de un “supervisor” que la de un “inspector”. Pero la realidad de los últimos años nos ha permitido apreciar que Hacienda está instrumentalizando “inspecciones encubiertas” tras este tipo de “simples comprobaciones”.
Algún lector seguro que ha vivido el retraso del cobro en su declaración de renta, en base a la exhaustiva comprobación por parte de este departamento de gestión tributaria de la cantidad solicitada. En ocasiones estos expedientes paralizan y retrasan la devolución fuera de los seis meses establecidos para la misma. Y el fisco, no tiene ningún problema en abonar al contribuyente (oficina de farmacia en nuestro caso) el interés de demora correspondiente al retraso creado.
Lo más inaudito, llega en la comprobación de los donativos que los contribuyentes ha realizado en el ejercicio fiscal. Dichas cantidades en su mayoría han sido facilitadas al fisco por parte de las principales ONG y resto de entidades que se dedican a actividades sin interés económico.
Podemos encontrarnos con que el fisco nos diga que nuestra deducción no se encuentra bien aplicada, solicitándonos cantidades que no superan los 150€.
Entendemos que existen comportamientos defraudadores más importantes que el que les acabo de citar. Pero no podemos olvidar, que las arcas de hacienda se nutren de miles y miles de pequeñas sanciones que los contribuyentes, en numerosas ocasiones ni siquiera se plantean recurrir.
Seguramente sería un buen momento para rememorar el famoso eslogan de “Hacienda somos todos”.
Eso si, puedo certificarles que las oficinas de la AEAT disponen de herramientas para sobrellevar las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
Muy recientemente, pude comprobar “in situ” que una botella pequeña de agua fresca no superaba el precio de 0,35€. Rápidamente consulte a mi hija mayor que precio tenía dicha botella en su universidad pública. Me vi sorprendido, al confirmar que el precio llegaba a un euro en dicho ámbito universitario.
Quizás sea una técnica subliminal para animar a los contribuyentes a acudir a las dependencias de la Agencia Tributaria a refrescarse en épocas de altas temperaturas y de paso…
En definitiva, una vez fichado con Hacienda el tramite Renta 2016, recuerde que también comienza, el periodo para que dicha declaración sea comprobada, tanto por el departamento de gestión como el de inspección tributaria.
Buen verano a todos.
Juan Antonio Sanchez.
Economista Asesor Fiscal. Colegiado 7654.
Socio Director TAXFARMA
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